En este artículo intentaremos despejar las dudas acerca de si tu mudanza será facturada con o sin IVA.
Para ello vamos a clasificar la mudanza dependiendo del origen y/o destino y dependiendo de a nombre de quién sea facturada.
Si tu Mudanza es dentro de España (excepto Ceuta, Melilla y Canarias):
- Si va ser facturada a un particular (sea cual sea su nacionalidad), la factura llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa española, la factura llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa de la UE dada de alta en el registro de operadores intracomunitarios*, la factura no llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa extranjera, la factura no llevará IVA.
Si tu Mudanza es entre dos países de la Unión Europea:
- Si va ser facturada a un particular (sea cual sea su nacionalidad), la factura llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa española, la factura llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa de la UE dada de alta en el registro de operadores intracomunitarios*, la factura no llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa extranjera, la factura no llevará IVA.
Si tu mudanza tiene como origen o destino Ceuta, Melilla o Canarias:
- Si la mudanza va ser facturada a un particular (sea cual sea su nacionalidad), la factura no llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa española, la factura no llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa de la UE dada de alta en el registro de operadores intracomunitarios, la factura no llevará IVA.
- Si va a ser facturada a una empresa extranjera, la factura no llevará IVA.
*En caso de que la mudanza sea facturada a una empresa de la Unión Europea que no esté dada de alta en el registro de operadores intracomunitarios será considerada como el supuesto de empresa española a efectos de IVA.